miércoles, 17 de agosto de 2016

DERECHOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS ( IV )



Las dudas de Salvador López Arnal

1. ¿Podemos reformular un derecho colectivo como el derecho de los estados-comunidades a no ser invadidos por otros estados como una suma de derechos individuales? ¿Cuál sería la formulación en este caso?
1.1. ¿Y si hay renuncia o ausencia de ejercicio¿ ¿No existiría tal derecho?
1.2. Si vale la metáfora, el conjunto de los naturales no son, sin más, la suma de los números naturales. ¿Por qué? Porque tiene el conjunto propiedades que los individuos sinualres, los números, no tienen. Por ejemplo: la cardinalidad o el ser subconjunto de.
2. Cuando hablas de liberalismo original, ¿a qué autores o tradiciones te estás refiriendo?

 La respuesta de Miguel Candel


Eres incansable, Salva (yo no tengo esa virtud):

1. No hace falta, porque los Estados son ya personas jurídicas (aunque su fundamento último es el consentimiento de las personas físicas que los componen).
1.1. El derecho, una vez reconocido, existe en las conciencias, aunque no se ejerza. Si se renuncia libremente a él, obviamente, deja de existir por el tiempo de la renuncia (ésta puede ser temporal o definitiva).
1.2. Tú y las matemáticas... No veo qué tienen en común, aparte de una cierta individualidad, seres racionales físicamente existentes y actuantes con entidades abstractas e inertes como los números.
2. Ningún autor en particular, sólo la idea de que el individuo humano es autónomo y fuente de soberanía. O, si prefieres, la idea de las libertades civiles básicas (no me las hagas repetir, porque ya las conoces).


Un abrazo.

Miguel

1 comentario:

  1. De acuerdo con Miguel. El socialismo debe integrar lo mejor del liberalismo. John Sturat Mill me parece una buena referencia,

    ResponderEliminar

Entradas populares

Translate